Condenado a tres años de cárcel por incendiar «como venganza» su vivienda embargada por el banco

Facebook
Twitter
WhatsApp

La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha condenado a tres años de cárcel al vecino de Torredelcampo, de 64 años, que en agosto de 2022 provocó un incendio en un bloque de viviendas como «venganza por haber sido privado de su vivienda por ejecución hipotecaria». En el momento del incendio se encontraban hasta ocho vecinos durmiendo en el inmueble.

La condena se ha impuesto por conformidad, una vez que el acusado ha aceptado las penas impuestas por el Ministerio Fiscal, que inicialmente reclamaba que se le impusiera diez años de cárcel como autor de un delito de incendio con riesgo para la vida de las personas.

Además de los tres años de prisión finalmente impuestos por daños por incendio, se le imponen cinco años de prohibición de residir en Torredelcampo. A ello se le suma 2.400 euros de multa como autor de cuatro delitos de lesiones leves.

En concepto de responsabilidad civil, se le condena a hacer frente a cuantías que suman un total de 48.456 euros, en los que se incluyen las indemnizaciones por las lesiones y también por los daños materiales causados.

Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 13 de agosto de 2022, cuando el acusado, sobre las 5,45 horas, penetró en el interior del bloque de viviendas situado en el número cinco de la calle Núñez de Balboa, en Torredelcampo.

Con un bidón de cinco litros de gasolina que acababa de adquirir prendió fuego en el rellano en el que se encontraba la que había sido su vivienda hasta que le fue embargada y que ya había sido adquirida por otra familia, que todavía no se encontraba habitándola. Cuando prendió fuego, en el bloque había al menos había ocho personas durmiendo.

De esta forma, cuatro personas resultaron heridas por quemaduras y el inmueble sufrió daños tanto en los elementos comunes de la propiedad como a las viviendas de los diferentes propietarios.

El acusado, que se encuentra en prisión preventiva por estos hechos, ha reconocido su culpabilidad en aras a cerrar la conformidad y que la sentencia se dicte en los términos descritos, con el compromiso expreso de no recurrir.

El juicio de este caso estaba fijado para el próximo mes de noviembre, aunque al haber sentenciado el caso por conformidad, ya no habrá que celebrar la vista.